RECURSOS NATURALES Y LA CONSTITUCIÓN
CAP IV ART 40
Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón, y de gas, y demás fuentes naturales de energía con excepcion de los vegetales son propiedades imprescriptibles e inalienables de la nación, con la correspondiente participación en su producto que se convendrá con las provincias.